Información general. Esta guía resume textos oficiales publicados en el BOE y en un boletín autonómico. No es asesoramiento laboral. Si tienes dudas sobre tu clasificación o tu nómina, pregunta a la representación de los trabajadores de tu empresa, a un sindicato o a un graduado social.
Si buscas «esmerilador» en el convenio del metal, no lo vas a encontrar. El convenio estatal del metal (CEM) no clasifica por nombres de oficio, sino por grupos profesionales: siete niveles que se asignan según el conocimiento, la autonomía, la responsabilidad y la complejidad del trabajo. Lo que decide tu grupo es lo que haces cada día, no cómo se llama tu puesto en la oferta.
La respuesta corta es esta. Un esmerilador o amolador que rebaba y repasa piezas siguiendo instrucciones concretas suele estar en el grupo 6, el de los especialistas y profesionales de oficio de 3.ª. Si trabaja con autonomía, interpreta planos, prepara su máquina y controla las cotas de lo que hace, el texto apunta al grupo 5, donde están los oficiales de 1.ª y 2.ª. Y quien entra sin experiencia empieza en el grupo 7, como peón.
Abajo tienes lo que dice el texto del CEM con sus palabras, una tabla para situarte, cómo encontrar el convenio de tu provincia (que es donde están las tablas de salario y los pluses) y un glosario para leer una oferta o una nómina.
Cómo se organiza el metal: convenio estatal y convenios provinciales
El sector del metal negocia en tres niveles. Lo dice el artículo 10 del CEM: el ámbito estatal, el territorial y subsectorial (sobre todo, los convenios provinciales) y el de empresa.
El reparto de materias importa para tu caso. Según el artículo 11, la clasificación profesional es una materia reservada en exclusiva al ámbito estatal, junto con el periodo de prueba, las modalidades de contratación, la jornada máxima anual y las normas mínimas de prevención, entre otras. En cambio, los salarios, los pluses y los complementos se negocian en los convenios provinciales. El artículo 37 obliga a esos convenios a adaptar el sistema de grupos y a fijar «salario o salarios de grupo».
| Qué buscas | Dónde está |
|---|---|
| Grupos profesionales y sus criterios | CEM, capítulo VII (arts. 35 a 37) |
| Periodo de prueba, contratos, jornada máxima anual | CEM |
| Formación mínima de prevención para tu oficio | CEM, anexo II |
| Salario de tu grupo, pagas, pluses de nocturnidad o penosidad | Convenio provincial |
| Mejoras propias de tu empresa | Convenio o acuerdo de empresa, si existe |
Qué convenio estatal está vigente. El texto publicado es el IV Convenio colectivo estatal de la industria, las nuevas tecnologías y los servicios del sector del metal (BOE de 12 de enero de 2022, código 99003435011900), con una corrección publicada el 5 de mayo de 2022. Su artículo 5 fijó la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023, pero añade que «continuará vigente el presente convenio hasta que sea sustituido por otro». La mesa del V convenio se constituyó en enero de 2024 y, a fecha de esta guía (9 de octubre de 2026), no hemos encontrado un V convenio estatal publicado en el BOE. Si se publica, revisaremos este artículo.
Grupos profesionales y categorías: qué dice el CEM
El artículo 35 clasifica a todas las personas trabajadoras en una división funcional (personal técnico, empleados o personal de operaciones) y en un grupo profesional del 1 al 7. Para el grupo se valoran seis factores: conocimientos, iniciativa, autonomía, responsabilidad, mando y complejidad.
El esmerilador está en la división de personal de operaciones, que el CEM define como quien «ejecuta operaciones relacionadas con la producción, bien directamente, actuando en el proceso productivo, o en labores de mantenimiento». El convenio añade, en cada grupo, las antiguas categorías «a título orientativo». Para el personal de operaciones son estas:
| Grupo | Categorías orientativas (personal de operaciones) | Criterio general del CEM, resumido |
|---|---|---|
| 7 | Peón, aprendiz | Instrucciones concretas, alto grado de dependencia, sin formación específica ni periodo de adaptación |
| 6 | Especialista, profesional de oficio de 3.ª, conducción de máquina | Alto grado de dependencia e instrucciones específicas; escasa formación; a veces, un pequeño periodo de adaptación |
| 5 | Profesionales de oficio de 1.ª y 2.ª, coordinación de grupo | Bajo dependencia de mandos, con ciertos conocimientos profesionales y un periodo intermedio de adaptación |
| 4 | Profesional de oficio especial, encargados | Ejecución autónoma que exige iniciativa y razonamiento, con responsabilidad bajo supervisión |
| 3 | Jefatura de taller, maestría industrial | Coordinación y supervisión de un conjunto de colaboradores |
Dos detalles que suelen confundir. Primero, en el CEM el oficial de 1.ª y el de 2.ª comparten grupo (el 5); el de 3.ª baja al 6. Segundo, «especialista» y «oficial de 3.ª» están en el mismo grupo. Muchos convenios provinciales mantienen niveles o columnas distintas dentro de cada grupo, así que el nombre de la categoría sigue apareciendo en tablas y nóminas.
Dónde encaja un esmerilador, amolador o rectificador
El CEM no cita al esmerilador en la clasificación, pero sí describe tareas «asimilables por analogía» que permiten situarlo. Estas son las más cercanas, copiadas del texto:
- Grupo 7, tarea 2: «Operaciones elementales con máquinas sencillas, entendiendo por tales a aquellas que no requieran adiestramiento y conocimientos específicos».
- Grupo 6, tarea 12: «Realizar trabajos en máquinas de producción en base a instrucciones simples y/o croquis sencillos».
- Grupo 6, tarea 13: «Realizar trabajos de corte, calentamiento, rebabado y escarpado u otros análogos, utilizando sopletes, martillos neumáticos, etc.».
- Grupo 6, tarea 19: «Tareas sencillas de preparación de operaciones en máquinas convencionales, así como los cambios de herramientas y sus regulaciones».
- Grupo 5, tarea 6: «Tareas de cierta complejidad de preparación de operaciones en máquinas convencionales que conlleve el autocontrol del producto elaborado».
- Grupo 5, tarea 3: tareas de oficio (soldadura, montaje, mecánica, etc.) «con capacitación suficiente para resolver todos los requisitos de su oficio o responsabilidad».
- Grupo 4, tarea 16: inspeccionar piezas «en base a planos, tolerancias […] con alto grado de decisión en la aceptación».
Con esas descripciones, esta es una lectura orientativa por perfiles. La clasificación definitiva depende del convenio provincial y de las funciones que hagas de verdad:
| Lo que haces en el puesto | Grupo orientativo | Por qué |
|---|---|---|
| Ayudas, acercas material, desbarbas con amoladora bajo supervisión directa, sin experiencia previa | 7 | Tareas elementales sin adiestramiento específico |
| Rebabas y repasas cordones o piezas de serie con instrucciones claras; cambias discos y muelas | 6 | Rebabado, instrucciones simples, cambio y regulación de herramientas |
| Preparas la esmeriladora o la rectificadora, eliges la muela, lees el plano y compruebas tus cotas | 5 | Preparación de cierta complejidad con autocontrol del producto |
| Además decides si una pieza se acepta, ajustas procesos o resuelves problemas sin consultar | 5 o 4 | Autonomía, iniciativa y decisión sobre la calidad |
| Diriges a un grupo de operarios de acabado o rectificado | 4 o 3 | Mando directo y coordinación |
El rectificador suele tener más exigencia de precisión, planos y metrología que el esmerilador de desbaste, lo que tiende a empujarlo hacia el grupo 5 antes. Lo explicamos en la guía sobre esmerilador, amolador y rectificador como oficios.
Regla útil del propio CEM (art. 35.3): si en tu puesto concurren tareas básicas de grupos distintos, «la clasificación se realizará en función de las actividades propias del grupo profesional superior». Si habitualmente preparas la máquina y controlas tus piezas, aunque también rebabes, eso cuenta.
El CEM también menciona tu máquina en otro sitio: el anexo II fija la formación mínima de prevención para operarios de producción. Son 20 horas presenciales (12 de parte común y 8 específicas de oficio). Uno de los módulos es para «operarios de máquinas de mecanizado por arranque de viruta o por abrasión» y cita expresamente la «esmeriladora, afiladora y rectificadora». Entre sus riesgos incluye proyección de partículas, inhalación de polvo metálico, y ruido y vibraciones.
Qué distingue a un oficial de primera
En el CEM, el oficial de 1.ª es el «profesional de oficio de 1.ª» del grupo 5. Los criterios del grupo hablan de «ciertos conocimientos profesionales» y de un «periodo intermedio de adaptación», con formación equiparable a un ciclo de grado medio o conocimientos adquiridos en el oficio. La diferencia con el 1.ª y el 2.ª no está en el CEM: la fijan los convenios provinciales o las empresas.
En la práctica del taller, lo que separa a un oficial de un especialista se resume en tres cosas que se pueden demostrar:
- Autonomía: resuelves la pieza de principio a fin sin que nadie te diga cada paso, y sabes cuándo parar y consultar.
- Lectura de planos y tolerancias: interpretas cotas, acabados y tolerancias y eliges cómo conseguirlos (muela, grano, pasadas).
- Autocontrol: mides lo que haces con calibre, micrómetro o reloj comparador y respondes de la calidad de tus piezas.
Si llevas tiempo haciendo funciones de un grupo superior al tuyo, el Estatuto de los Trabajadores (art. 39.2) te permite reclamar el ascenso cuando esas funciones superan «seis meses durante un año u ocho durante dos años», salvo que el convenio diga otra cosa. En todo caso, tienes derecho a cobrar la diferencia salarial por las funciones que realmente hagas (art. 39.3). Para subir de grupo con argumentos, ayuda tener formación acreditada. Lo explicamos en cómo formarse para subir de categoría.
Cómo encontrar tu convenio provincial y sus tablas, paso a paso
Las tablas salariales, los pluses y el calendario están en el convenio de tu provincia (o de tu comunidad, en las uniprovinciales). Para encontrarlo:
- Mira tu nómina o tu contrato. Muchas nóminas indican el convenio aplicable, y el contrato debería decirlo. En el convenio de Madrid, por ejemplo, el capítulo V exige que conste «el grupo profesional al que pertenece y el convenio colectivo que le es de aplicación».
- Busca en REGCON. El Registro de convenios colectivos del Ministerio de Trabajo (REGCON) tiene los apartados «Consulta pública» y «Buscar en textos». Busca por ámbito territorial y por palabras como «metal» o «siderometalúrgica». Cada convenio tiene un código de 14 cifras que te sirve para encontrarlo en los boletines.
- Abre el boletín oficial. Los convenios provinciales se publican en el boletín oficial de la provincia (BOP) o de la comunidad autónoma. El nombre cambia según la zona: «industria siderometalúrgica», «industria del metal», «industria, servicios e instalaciones del metal»…
- Comprueba la vigencia y las revisiones. Las tablas de cada año suelen publicarse aparte, como «revisión salarial» o acuerdo de la comisión paritaria. Busca la más reciente.
- Localiza tu grupo en la tabla. Con el grupo (y, si existe, el nivel o la antigua categoría) ves el salario de convenio y los conceptos que se cobran aparte.
Un ejemplo real: el Convenio colectivo de la Industria, Servicios e Instalaciones del Metal de la Comunidad de Madrid (BOCM de 18 de enero de 2025, código 28003715011982) está vigente del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2026. Tiene 7 grupos profesionales y, desde el convenio de 2015-2017, un único nivel salarial por grupo. Las antiguas diferencias se conservan como complemento «ex categoría».
Si trabajas a través de una ETT, mientras estás cedido te corresponden las condiciones esenciales que tendrías con contrato directo en la empresa usuaria para el mismo puesto. Esas condiciones incluyen la remuneración que fija el convenio de esa empresa, la jornada, el trabajo nocturno y las vacaciones (Ley 14/1994, art. 11). Si te ceden a un taller del metal, la referencia para tu sueldo es el convenio del metal que aplica ese taller.
Cómo leer una oferta o una nómina: los conceptos que importan
Una oferta que dice «esmerilador, 1.400 € netos» no te dice casi nada. Para compararla con tu convenio, necesitas estos datos. Las cuantías dependen de cada convenio: aquí solo explicamos qué es cada concepto.
| Concepto | Qué es | Qué preguntar |
|---|---|---|
| Grupo profesional (y nivel) | Tu encuadramiento. Determina el salario de convenio mínimo | «¿En qué grupo me vais a dar de alta?» |
| Salario de convenio o base | La cantidad de la tabla para tu grupo | Si la oferta está por encima o es el mínimo |
| Pagas extraordinarias | Normalmente, dos al año; pueden ir prorrateadas | Si el neto mensual ya las incluye |
| Antigüedad o «ex antigüedad» | Complemento por años en la empresa, o el que se mantiene de convenios antiguos | Si el convenio la tiene y desde cuándo cuenta |
| Plus de nocturnidad | Se paga por trabajar de noche | Qué franja horaria y qué porcentaje |
| Plus de turnicidad | Compensación por rotar turnos. No todos los convenios lo tienen | Si existe y cómo se calcula |
| Plus de penosidad, toxicidad o peligrosidad | Se paga cuando el riesgo persiste pese a las medidas de protección | Si tu puesto lo tiene reconocido en la evaluación de riesgos |
| Incentivos o «carencia de incentivo» | Primas por producción, o el importe que se paga cuando no hay sistema de primas | Cómo se mide y si es fijo o variable |
| Horas extraordinarias | Las que exceden la jornada. Se pagan o se compensan con descanso | Si son habituales y cómo se pagan |
Cómo se concreta en un convenio real (Madrid 2024-2026):
- Nocturnidad (art. 39): el trabajo entre las 22:00 y las 6:00 se paga con un complemento del 25 % sobre el salario de convenio. Si haces más de una hora y hasta cuatro en esa franja, se cobra solo por esas horas; si pasas de cuatro, por toda la jornada.
- Penosidad, toxicidad y peligrosidad (art. 38): si el riesgo continúa pese a las medidas de protección, según la evaluación de riesgos, se cobra un plus del 20 % sobre el salario base por día efectivo trabajado. Sube al 25 % si concurren dos de esas circunstancias y al 30 % si concurren las tres. Se reduce a la mitad si la exposición dura más de 60 minutos sin pasar de media jornada.
Otros convenios tienen cifras y condiciones distintas. Por eso no basta con «lo que se cobra en el metal»: hay que mirar el de tu provincia. En un puesto de esmerilado, la evaluación de riesgos suele incluir el polvo, el ruido y las vibraciones. Si quieres saber qué valores se usan para evaluarlos, tienes las guías de sílice cristalina y polvo y de vibraciones mano-brazo.
Del convenio al sueldo
Esta guía no da cifras de sueldo a propósito: dependen de la provincia, del año de la tabla y de los pluses de cada puesto. Si quieres una orientación general de cuánto se mueve el sueldo según experiencia, turnos y zona, la tienes en cuánto cobra un esmerilador. Para contrastarla con tu caso, usa siempre la tabla de tu convenio.
La provincia también cambia el tipo de empresa que contrata: calderería, fundición, mantenimiento industrial, matricería. Lo vemos en sectores que contratan. Y si quieres ver qué talleres hay cerca, el directorio reúne empresas del sector por provincia.
¿Buscas trabajo o quieres cambiar de empresa? En el directorio de esmerilador.com puedes filtrar talleres de pulido, rectificado y calderería por provincia. Y si te apuntas al boletín, te avisamos cuando se publique el V convenio estatal o cambie algo que afecte al oficio.
Ver empresas por provincia Apuntarme al boletínFuentes
- BOE, IV Convenio colectivo estatal de la industria, las nuevas tecnologías y los servicios del sector del metal (BOE-A-2022-479): arts. 5, 10, 11, 35, 36 y 37 y anexo II.
- BOE, Acuerdos de modificación y subsanación de errores del IV CEM (BOE-A-2022-7391).
- BOE, Estatuto de los Trabajadores, texto consolidado: arts. 22 y 39.
- BOE, Ley 14/1994, empresas de trabajo temporal, texto consolidado: art. 11.
- Ministerio de Trabajo, REGCON, registro y depósito de convenios colectivos.
- BOCM, Convenio colectivo de la Industria, Servicios e Instalaciones del Metal de la Comunidad de Madrid 2024-2026: arts. 4, 14, 15, 38 y 39 y capítulo V.
- CCOO de Industria, constitución de la mesa negociadora del V Convenio Estatal del Metal (enero de 2024).